Ingresar o registrarte

Puntos, sanciones y velocidades 2009

Publicado por Pablogueb

Más información

La reforma del régimen sacionador de tráfico establece nuevos criterios en la retirada de puntos del carné de conducir, sanciones y velocidades.

 Se ha aprobado la reforma del régimen sancionador en materia de tráfico, que simplifica y agiliza el sistema de notificaciones, revisa a la baja la pérdida de puntos y aumenta el descuento por pronto pago al 50 por ciento, entre otras cuestiones.
Entre las novedades de la reforma destaca que a partir de ahora el infractor recibirá una sola notificación, en lugar de las tres actuales, notificación que, en el caso de los vehículos matriculados a nombre de una persona jurídica, serán exclusivamente por correo electrónico.

Se fijan además nuevas cuantías para las multas: 100 euros para las infracciones leves, 200 para las graves y 500 euros para las muy graves, aunque éstas podrán incrementarse hasta en un 30 por ciento atendiendo al peligro potencial creado.
Las sanciones por exceso de velocidad serán más ajustadas, se fijarán en función del número concreto de kilómetros que se exceda sobre lo permitido. Un dato importante a tener muy en cuenta en lo que atañe a la limitación de 45 Km/h para quad y ATV.

En la tabla con la nueva regulación 2009 para sanciones y límite de velocidades, especial atención a la limitación de 40 Km/h orientativa para los quad y ATV, y limitación de 80 Km/h que no deberemos rebasar si vamos provistos de nuestros remolques.
Un dato cuando menos curioso que también nos afecta es la supresión de puntos en sanciones por llevar pasajero o por acceder a autopistas y/o autovías con vehículos prohibidos para estas vías.

Las multas podrán pagarse en el acto con tarjeta de crédito y todo lo que se recaude por sanciones se tendrá que destinar a políticas de seguridad vial.

No será obligatorio llevar toda la documentación en el vehículo, pues la Administración será la que deba comprobar que el vehículo cuenta con todos los permisos, y sólo se podrá pasar la ITV si se ha pagado el seguro obligatorio.

Los conductores no perderán puntos por parar o estacionar en el carril-bus, y un vehículo aparcado en zona azul, sin el correspondiente ticket, no podrá ser retirado por la grúa, aunque sí podrá ser multado. Se autoriza su retirada cuando éste se encuentre aparcado en una zona reservada a discapacitados. 
Será falta grave programar el navegador o GPS mientras se conduce, con multas de hasta 200 euros. Tampoco se perderán puntos por exceder la velocidad en las autopistas de acceso a las ciudades, limitadas en muchos casos a los 80 kilómetros por hora, siempre que el vehículo no supere los 130 kilómetros por hora.

La reforma permite además, entre otras cuestiones, utilizar avisadores, aunque sanciona colocar en el vehículo dispositivos que inhiben los propios sistemas de control de velocidad instalados por la DGT.
Los talleres o establecimientos de reparaciones que lo instalen también serán sancionados.